Consejo de Gabinete deroga ley que establecía renta gravable fuera del territorio panameño

03 de Enero de 2014 12:18am
periodista

El Consejo de Gabinete aprobó una resolución mediante la cual deroga los artículos 2 y 3 de la Ley 120 del 30 de diciembre de 2013, que establecía que toda persona natural o jurídica que perciba alguna renta gravable fuera del territorio panameño pagará impuestos.

Mediante la citada resolución, aprobada en una sesión de Gabinete Extraordinario, se restituye de forma integra la vigencia del artículo 694 del Código Fiscal que señala que: “es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente dentro del territorio de la República de Panamá sea cual fuere el lugar donde se percibe”.

Esta disposición destaca que esta Ley es de orden público y tiene efectos retroactivos desde el 30 de diciembre de 2013 y entrará a regir a partir de su promulgación.

De acuerdo con la exposición de motivos, esta medida se tomó “toda vez que el Gobierno Nacional es consciente que la implementación del régimen de renta mundial dentro del Impuesto sobre la Renta requiere mayor discusión y debate, por cuanto que dicha modificación cambia por completo el panorama fiscal del país”.

El Consejo de Ministros también autorizó a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) para que gestione, ante el Ministerio de Economía y Finanzas, medidas destinadas a la estabilización del precio del diesel utilizado por el transporte terrestre público colectivo de pasajeros en los distritos de Panamá, San Miguelito y Chepo, hasta por la suma de 15 millones 948 mil 626 balboas.

La partida en mención subsidiará los gastos de combustible del primer semestre del año 2014, que comprende del 1 de enero al 30 de junio de 2014.

Mediante la resolución se autoriza a la ATTT para que establezca, reconozca y haga efectivos los pagos a las empresas importadoras-distribuidoras y subdistribuidoras de derivados del petróleo.

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